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    Se detiene el capítulo XIII del Código a considerar al profesional como parte integrante del sistema de salud y como tal se establece su derecho y su obligación a participar plenamente en las actividades de planificación. Esta participación se contempla a dos niveles: Cooperación institucional o corporativa, que se llevará a cabo mediante la participación en los centros de discusión de políticas sanitarias, a través del Consejo General y de los Colegios Profesionales.Cooperación individual, principalmente a través de la elaboración y ejecución de programas locales concretos. En la práctica, esta intervención es bastante desigual. Así, es corriente la participación corporativa, pero fundamentalmente...
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    Siglo XXI
    Se establecen en el capítulo XII algunas cuestiones de carácter general relacionadas con la actitud de la enfermera ante determinadas situaciones relacionadas con el desempeño de su trabajo. De entre ellas, cabe destacar la obligación del profesional de garantizar la continuidad de sus cuidados al paciente, aún en caso de conflicto laboral. Puede ocurrir que las condiciones de los profesionales que trabajen por cuenta ajena, en instituciones públicas o privadas, lleguen a hacerse insostenibles por causas que abarcan desde la falta de medios para desarrollar adecuadamente su trabajo, hasta unos salarios considerados insuficientes. En estas circunstancias, en muchas ocasiones se puede...
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    Siglo XXI
    Por lo que respecta a la profesión enfermera, sus características especiales hacen que desde ella se tenga una especial responsabilidad en materia de protección de los Derechos Humanos. La razón está en los propios avances de las ciencias biomédicas. Las posibilidades técnicas de este tiempo hacen que, en determinadas circunstancias, se pueda despojar a las personas de su dignidad, instrumentalizándolas y midiendo su valor con criterios utilitaristas. Algunas organizaciones internacionales con finalidades de ayuda humanitaria han elaborado códigos para orientar la actuación de las enfermeras en situaciones de especial riesgo para el respeto de los Derechos Humanos, como pueden ser las...
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    Siglo XXI
    La Asamblea General proclama la presente Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universal y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción. Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos...
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    Siglo XXI
    A lo largo de la historia, el tratamiento que se ha dado a la cuestión del aborto ha sido diverso. Así, es sabido que tanto el aborto como el infanticidio fueron prácticas habituales en Grecia y en la Roma antigua y que no existía la idea del nasciturus como ser susceptible del delito de aborto u homicidio sino, por el contrario, se considera al feto como una víscera. En las ciudades-estado de Grecia y durante toda la República Romana el aborto era un servicio que prestaban tanto abortistas profesionales como otros que no lo eran, así como algunos médicos, incluso...
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    Siglo XXI
    Las posturas frente a la interrupción voluntaria del embarazo, como se ha observado en la breve descripción histórica del apartado anterior, van desde una prohibición absoluta hasta una permisibilidad completa, con situaciones intermedias que contemplan distintas posibilidades para la despenalización del aborto voluntario. En todo caso, conviene destacar que el simple hecho de que se regule pone de manifiesto el valor del bien jurídico protegido, el embrión o feto humano, de modo que no existe en ningún país una situación de ?alegalidad? respecto a la práctica del aborto. En las legislaciones que regulan el aborto se encuentran los sistemas que se...
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    Siglo XXI
    En las últimas décadas ha sido puesto sobradamente de manifiesto el interés creciente que tienen los derechos de los usuarios de servicios sanitarios desde todos los sectores sociales y de diversos organismos internacionales.En España, la Ley General de Sanidad, vigente desde el año 1986, ha sido la encargada, hasta ahora, de hacer efectiva la protección de los derechos de los pacientes. Sin embargo, el transcurso del tiempo puso de manifiesto la necesidad de su reforma, ya que, entre otras razones, de una parte, los ciudadanos reclamaban un mayor respeto a la autonomía de su voluntad en materia de salud, y...
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    Siglo XXI
    Todo hombre debe tener libertad para elegir a su médico.Todo hombre debe estar seguro de que, cualesquiera que sean las obligaciones del médico ante la sociedad, cuanto confíe al médico y a los que le asistan permanecerá secreto.Todo hombre debe tener la garantía de que el médico a quien recurre goza de una total independencia en el plano moral y en el dominio técnico, y puede elegir libremente su terapéutica.La vida humana desde su origen y la persona humana en su integridad, material y espiritual, deben ser objeto de un respeto total.Las garantías de estos derechos del paciente implican una...
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    Siglo XXI
    El mismo tratamiento extensivo que da la Ley al derecho a informar da a la obligación de contar con el consentimiento del paciente para realizar cualquier acto profesional. Así, el artículo 8.1 señala: ?Toda actuación en el ámbito de la salud de un paciente necesita el consentimiento libre y voluntario del afectado, una vez que, recibida la información prevista en el artículo 4, haya valorado las opciones propias del caso?. De acuerdo a ello, cualquier acto profesional que vaya a ser realizado sobre el paciente requiere de su consentimiento, y aunque la Ley no lo especifica, como sí lo hacía la anterior...
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    Siglo XXI
    Sería ingenuo no detenerse a hacer una reflexión final acerca de los mecanismos previstos en la Ley para dar cumplimiento a sus preceptos. Dado que su contenido afecta a derechos fundamentales de las personas en el contexto sanitario, cabría esperar que se hubieran adoptado medidas sancionadoras adecuadas para los supuestos de incumplimiento. Sin embargo, no ha sido así. La disposición adicional sexta señala lo siguiente: ?Las infracciones de lo dispuesto por la presente ley quedan sometidas al régimen sancionador previsto en el capítulo VI del Título I de la Ley 14/1986, General de Sanidad, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal...
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    Siglo XXI
    Los antecedentes de la legislación despenalizadora del aborto en España se pueden encontrar en la Orden de la Presidencia de la Generalitat de Cataluña de 25 de diciembre de 1936, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de 1 de marzo de 1937, por la que se aprueba la interrupción artificial del embarazo, por razones eugenésicas, terapéuticas y personales. También, iniciada la Guerra Civil española, en la zona leal a la república, siendo ministra de sanidad Federica Montseny y bajo el gobierno de Largo Caballero, se despenalizó la práctica del aborto inducido. La efectiva aplicación de estas normas prácticamente no...
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    Siglo XXI
    El Código Deontológico de la Enfermería Española no contiene normas específicas en materia de interrupción voluntaria del embarazo, si bien sus principios generales son perfectamente aplicables a esta cuestión. Entre estos destacan los que promulgan el respeto a la dignidad, la no discriminación, la responsabilidad en materia de prevención de la enfermedad y promoción de la salud, etc. Debe hacerse una mención especial a las normas deontológicas que establecen las obligaciones en materia de información. A este respecto, los artículos 10 al 13 del Código señalan la obligación de las enfermeras de proporcionar una información veraz a los pacientes con...
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    Siglo XXI
    ¿Se es un cuerpo o se tiene un cuerpo? El modo habitual de expresión suele ser: ?tengo un cuerpo?. Incluso decir ?soy un cuerpo? puede tener una connotación negativa. Los planteamientos sobre el cuerpo están condicionados por la concepción cultural procedente del mundo griego que sostenía que la persona era un compuesto de cuerpo y alma, elementos que vivían en frontal oposición. Esta explicación se ve ratificada en el racionalismo con Descartes y llega hasta la actualidad, donde se sigue pensando que el ser humano está compuesto por dos entidades distintas: una realidad física, conocida como el cuerpo, que posee las...
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    Siglo XXI
    Son diversos los términos que se han utilizado para designar el medio de tener hijos del que se viene hablando. En este apartado se concentrará la atención en tres de los más empleados, tratando de analizar y comprender qué significan y qué alcance tiene cada uno de ellos. El alquiler de úteros La expresión ?útero de alquiler? incorpora dos conceptos de distinta naturaleza, ya que uno tiene su origen en la biología humana, de modo más específico en la anatomía, y el otro es propio del mundo jurídico. Por su obviedad quedará omitida la conceptualización del término útero y solo se ...
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    Siglo XXI
    La moralidad de un acto está condicionada, en primer lugar, por su voluntariedad o, como señalaba Aristóteles, un acto moral es aquel que es deliberado y elegido libremente por el agente. La exigencia de responsabilidad moral al que realiza el acto o desarrolla la conducta está determinada porque el sujeto puede actuar de forma diferente a como lo hace; puede elegir otro comportamiento. La libertad es la esencia de la autonomía personal e implica independencia para elegir una línea concreta de acción, que se considera moralmente buena, y no simplemente escoger cualquier cosa. Es en esa posibilidad de elección donde las personas...
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    Siglo XXI
    La cuestión del aborto es permanentemente objeto de debate y las razones y argumentos que se vierten en él no pueden reducirse exclusivamente a razones religiosas o de fe. En una sociedad plural como la actual es preciso dar una respuesta que contemple todas las sensibilidades que están presentes, y ello lleva aparejada la necesitad de que todos los miembros de la comunidad de diálogo estén dispuestos a considerar la posibilidad de renunciar a una parte del todo.La última versión legislativa del aborto trata, según dice en su exposición de motivos, de ponerse en línea con las regulaciones que en...
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    Siglo XXI
    Resulta muy difícil, si no imposible, situarse de una manera absolutamente objetiva frente a la cuestión de la interrupción voluntaria del embarazo, ya que, al fin y al cabo, se trata de una cuestión que afecta e implica profundamente a la subjetividad. En cualquier caso, la interrupción voluntaria del embarazo debe ser regulada legalmente como único medio de salvaguardar todos los intereses y bienes que están en juego. Lo que en opinión de la autora ha de ser revisado es considerar el aborto como un ?derecho?. La interrupción voluntaria del embarazo es, más bien, la señal de un problema o...
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    Siglo XXI
    La Ley dedica los artículos 4 al 6 a regular el derecho a la información, configurándola como parte esencial de todas las actuaciones asistenciales, de manera que entra a formar parte del conjunto de obligaciones que constituyen una correcta práctica profesional. ¿Qué tipo de información tiene el paciente derecho a conocer y cuál es su alcance? Con carácter general, se afirma el derecho de los usuarios de los servicios sanitarios a conocer toda la información disponible obtenida con motivo de cualquier actuación en el ámbito sanitario. Es decir, el derecho a la información se regula de una manera amplia, extensiva, de...
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    Siglo XXI
    La Ley 41/2002 define en su artículo 2 unos principios básicos que dan soporte a todos los derechos y obligaciones que posteriormente desarrolla y que son los que seguidamente se relacionan: Respeto por la dignidad, la autonomía de la voluntad y la intimidad de las personas en materia de obtención, utilización, archivo, custodia y transmisión de la información y la documentación clínica. Es decir, se condiciona todo el proceso de obtención y tratamiento de datos clínicos a la consideración de la persona como un ser merecedor de respeto y con derecho a manifestar ...
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    Siglo XXI